El consorcio de compensación de seguros amplia su cobertura de riesgos extraordinarios a automóbiles asegurados sólo de responsabilidad civil.
Tal como se notifica en la página web del Consorcio: A partir de 1 de julio de 2016 las pólizas de seguro de responsabilidad civil de automóviles incluirán la cobertura por el Consorcio de Compensación de Seguros de los daños materiales al vehículo producidos por riesgos extraordinarios acaecidos en España.
Dicha modificación viene motivada a partir de La disposición final octava de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras donde se modificó el artículo 7 del texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).
Se aplicará en las nuevas pólizas que se contraten y en las ya vigentes, desde su próxima renovación.
Esta incorporación se producirá en todas las pólizas, independientemente si estas tienen contratadas alguna de las garantías “de daños” (Rotura de Lunas, Incendio, Robo y Daños) o sólo Responsabilidad Civil.
Los riesgos extraordinarios cuyos daños son indemnizados por el CCS son:
a) Los siguientes fenómenos de la naturaleza: terremotos y maremotos; inundaciones extraordinarias, incluidas las producidas por embates de mar; erupciones volcánicas; tempestad ciclónica atípica (incluyendo los vientos extraordinarios de rachas superiores a 120 km/h y los tornados); y caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
b) Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
c) Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.
Por otra parte, el recargo aplicable en la prima a favor del CCS se reduce, en función del tipo de vehículo, como se muestra a continuación:
• Turismos y vehículos comerciales hasta 3.500kg: 2,10€ (antes 3,50€)
• Camiones: 9,00€ (antes 17,60€)
• Vehículos industriales: 10,50€ (antes 14,60€)
• Tractores y maquinaria agrícola y forestal: 5,50€ (antes 10€)
• Autocares, ómnibus y trolebuses: 26,60€ (sin cambios)
• Remolques y semirremolques 5,20€ (antes 8,50€)
• Ciclomotores, triciclos, motocarros y bicicletas a motor: 0,30€ (antes 0,60€)
• Motocicletas: 1,20€ (antes 2,30€).